CONTABILIDAD PRÁCTICA EN ESPAÑA

Eduardo Jusué Lafuente

Auditor de Cuentas

Ingeniero industrial

Técnico de Auditoría y Contabilidad 

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EL IVA EN EL SECTOR DE RECUPERACIÓN (CHATARRAS): 

NOVEDADES A PARTIR DEL 1/1/2004

 

La Ley de Acompañamiento para 2004 modificó la Ley deI IVA (37/1992), modificando el régimen del sector de materiales de recuperación. Las novedades más importantes han sido las siguientes:

1.- Desaparece la exención en esas operaciones.

2.- Se aplica la figura de la inversión del sujeto pasivo.

En consecuencia, estas operaciones quedan sujetas y no exentas, si bien será el comprador quien deberá repercutir el IVA. Para ello debe emitir autofactura mediante la cual se producirá la repercusión del IVA, siendo el comprador quien, simultáneamente, repercute y soporta dicho impuesto.

En el caso de que la compra se realice a un particular que no sea sujeto pasivo de IVA (no empresario ni profesional), la operación no está sujeta a IVA por no producirse el hecho imponible.

Para más detalles y aclaraciones, puede verse el siguiente enlace: gremi recuperacio